La firma del Ayuntamiento registra mas 40 accidentes por año y un porcentaje un 150% mayor que la media de las compañías de su sector
La empresa Limposam del Ayuntamiento de Málaga, dedicada a la limpieza de colegios y edificios municipales, arrastra desde hace años uno de los índices de siniestralidad mas altos de las empresas de su sector, consecuencia del alto número de accidentes laborales que aqueja cada año a su plantilla de más de 420 trabajadoras y que el Ayuntamiento apenas ha podido rebajar en los último años.
Limposam está controlada por la Junta de Andalucía a través del programa Paemsa (Programa de Actuación sobre las Empresas de Mayor Siniestralidad en Andalucía), un programa dirigido a mejorar la actuación preventiva de las empresas andaluzas que presentan mayor siniestralidad laboral y que tiene por objetivo reducir esos índices y mantenerlos.
Limposam es la única empresa del Ayuntamiento de Málaga que supera los índices de siniestralidad permitidos y una de las seis empresas públicas tuteladas actualmente por el Paemsa en Málaga.
En este programa están todas las empresas cuyo índice de siniestralidad es mayor del 150% del global de su rama de actividad, o hayan sufrido más de 9 accidentes en dos años. En el caso de Limposam, el índice de siniestralidad, según los datos que aporta la Junta de Andalucía, fue de un 389 por ciento en 2013, muy por encima, por tanto, del 150% de las empresas de su sector.
Sobrecarga de trabajo
En cuanto al número de accidentes, Limposam supera también ampliamente el número de 9 accidentes en dos años. Las cifras son bastante más negativas. Según los datos de la Consejería de Empleo, la plantilla de Limposam sufrió 44 accidentes laborales en 2011; a pesar de estar en el programa Paemsa, subió hasta los 53 accidentes en 2012 y, a octubre de 2013, el número de accidentes contabilizados era ya de 40, constatándose en este caso una rebaja de un 15%.
En el origen de estos altos índices de accidentes laborales está la naturaleza misma del servicio que se realiza (limpieza de colegios y edificios municipales) que obliga a esfuerzos físicos importantes y al manejo de maquinas de limpieza que requieren carga física.
Pero de manera más directa el comité de empresa de Limposam considera que los accidentes laborales tienen su causa en la «alta carga de trabajo» a que la dirección de la empresa obliga a las 420 personas que componen la plantilla, en su mayoría mujeres.
En diversas ocasiones los miembros del comité han denunciado ante la Inspección de Trabajo el exceso de carga de trabajo que soportan las trabajadoras. La empresa, junto con la mutua que gestiona los accidentes laborales, ha elaborado un cuadro que establece los tiempos que debe cumplir cada trabajador en las distintas tareas hasta sumar las 7,30 horas de trabajo. El comité afirma que ese cuadro es «ficticio» e imposible de cumplir ya que el cumplimiento total de la jornada real de trabajo que se le asigna a cada trabajador supone más de 11 horas de trabajo, lo que significa un exceso de cuatro horas sobre el cuadro de horas establecido por empresa y mutua.
Según ese cuadrante, una limpiadora debería realizar en 7,30 horas la limpieza de, como mínimo, 11 aulas y 3 aseos de un colegio, con sus correspondientes pasillos y escaleras.
Por contra el comité ha establecido que una carga de tarea como la anterior tiene un tiempo de realización de 11 horas y 26 minutos.
Trabajador sancionado por la dirección
El cumplimiento estricto de sus tareas en el horario establecido le ha supuesto a un trabajador una sanción de 2 meses de suspensión de empleo y sueldo que acaba de serle comunicada por la dirección de Limposam. La empresa le culpa de dejar sin limpiar habitualmente algunas de las aulas que se le asignan, mientras que el trabajador alega la imposibilidad de ejecutar en el horario de su turno toda la carga que se le encomienda. El trabajador sancionado realiza habitualmente la limpieza del colegio público José Bergamín, uno de los centros donde el comité de empresa ha cronometrado el trabajo para señalar que se necesitan 11 horas y 26 minutos para realizar todas las tareas de limpieza que encomienda la dirección.
La empresa es consciente de esta sobrecarga laboral, pues habitualmente permite que algunas instalaciones escolares, las que tienen menos uso, no se limpien a diario.
Limposam está controlada por la Junta de Andalucía a través del programa Paemsa (Programa de Actuación sobre las Empresas de Mayor Siniestralidad en Andalucía), un programa dirigido a mejorar la actuación preventiva de las empresas andaluzas que presentan mayor siniestralidad laboral y que tiene por objetivo reducir esos índices y mantenerlos.
Limposam es la única empresa del Ayuntamiento de Málaga que supera los índices de siniestralidad permitidos y una de las seis empresas públicas tuteladas actualmente por el Paemsa en Málaga.
En este programa están todas las empresas cuyo índice de siniestralidad es mayor del 150% del global de su rama de actividad, o hayan sufrido más de 9 accidentes en dos años. En el caso de Limposam, el índice de siniestralidad, según los datos que aporta la Junta de Andalucía, fue de un 389 por ciento en 2013, muy por encima, por tanto, del 150% de las empresas de su sector.
Sobrecarga de trabajo
En cuanto al número de accidentes, Limposam supera también ampliamente el número de 9 accidentes en dos años. Las cifras son bastante más negativas. Según los datos de la Consejería de Empleo, la plantilla de Limposam sufrió 44 accidentes laborales en 2011; a pesar de estar en el programa Paemsa, subió hasta los 53 accidentes en 2012 y, a octubre de 2013, el número de accidentes contabilizados era ya de 40, constatándose en este caso una rebaja de un 15%.
En el origen de estos altos índices de accidentes laborales está la naturaleza misma del servicio que se realiza (limpieza de colegios y edificios municipales) que obliga a esfuerzos físicos importantes y al manejo de maquinas de limpieza que requieren carga física.
Pero de manera más directa el comité de empresa de Limposam considera que los accidentes laborales tienen su causa en la «alta carga de trabajo» a que la dirección de la empresa obliga a las 420 personas que componen la plantilla, en su mayoría mujeres.
En diversas ocasiones los miembros del comité han denunciado ante la Inspección de Trabajo el exceso de carga de trabajo que soportan las trabajadoras. La empresa, junto con la mutua que gestiona los accidentes laborales, ha elaborado un cuadro que establece los tiempos que debe cumplir cada trabajador en las distintas tareas hasta sumar las 7,30 horas de trabajo. El comité afirma que ese cuadro es «ficticio» e imposible de cumplir ya que el cumplimiento total de la jornada real de trabajo que se le asigna a cada trabajador supone más de 11 horas de trabajo, lo que significa un exceso de cuatro horas sobre el cuadro de horas establecido por empresa y mutua.
Según ese cuadrante, una limpiadora debería realizar en 7,30 horas la limpieza de, como mínimo, 11 aulas y 3 aseos de un colegio, con sus correspondientes pasillos y escaleras.
Por contra el comité ha establecido que una carga de tarea como la anterior tiene un tiempo de realización de 11 horas y 26 minutos.
Trabajador sancionado por la dirección
El cumplimiento estricto de sus tareas en el horario establecido le ha supuesto a un trabajador una sanción de 2 meses de suspensión de empleo y sueldo que acaba de serle comunicada por la dirección de Limposam. La empresa le culpa de dejar sin limpiar habitualmente algunas de las aulas que se le asignan, mientras que el trabajador alega la imposibilidad de ejecutar en el horario de su turno toda la carga que se le encomienda. El trabajador sancionado realiza habitualmente la limpieza del colegio público José Bergamín, uno de los centros donde el comité de empresa ha cronometrado el trabajo para señalar que se necesitan 11 horas y 26 minutos para realizar todas las tareas de limpieza que encomienda la dirección.
La empresa es consciente de esta sobrecarga laboral, pues habitualmente permite que algunas instalaciones escolares, las que tienen menos uso, no se limpien a diario.
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